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Términos y Condiciones: Actividades comerciales vigentes

Procedimiento actividad “EL AÑO DE LOS PROPÓSITOS CON MERCALDAS, SE UNO DE LOS CINCO GANADORES DE $20.000.000”

15 de febrero al 15 de julio de 2024
Comercializadora Mercaldas S.A sorteará 100.000.000 pesos representados en 5 tarjetas bono Regalo de entidad bancaria por valor de $20.000.000 c/u con el objetivo de premiar a los clientes por compras en la cadena de supermercados, incrementar el tráfico, realizar redención de Puntos Mercaldas y ventas de nuestros puntos de venta físicos y canales virtuales.
Mecánica de la actividad
Comercializadora Mercaldas realizará la actividad “El año de los propósitos con Mercaldas, se uno de los cinco ganadores de $20.000.000” donde los clientes por compras iguales o superiores a $100.000 realizadas durante la vigencia de la actividad en cualquiera de los catorce (14) puntos de venta de la ciudad de Manizales, Palestina, Neira o nuestros canales virtuales, que incluya tres (3) productos de las marcas patrocinadoras (identificados con el material POP de la actividad) o (1) en Mercaldas Electrodomésticos, y redimiendo 2.000 Puntos Mercaldas activos y vigentes, podrán ser uno de los cinco (5) ganadores de $20.000.000 (tarjeta bono Regalo de entidad bancaria), depositando en los buzones designados para la actividad el volante entregado en los puestos de pago una vez cumplan los requisitos establecidos.
La modalidad de entrega de volantes para los puntos físicos se hará en cada puesto de pago habilitado en cada uno de nuestros puntos de venta, con la presencia del tarjetahabiente, el cual deberá firmar el cupón de redención que acredite el canje de los puntos en nuestro sistema de Puntos Mercaldas; el sistema se encuentra parametrizado para que identifique monto de compra, marcas patrocinadoras, afiliación al programa de Puntos Mercaldas y si cuenta con 2.000 o más puntos, le brindará la opción en caja para redimirlos por (1) un volante para participar en la actividad “El año de los propósitos, gánate uno de los cinco bonos de $20.000.000 cada uno”
El cliente deberá diligenciar en el volante los datos personales del titular inscrito en Puntos Mercaldas (Nombre, cédula y teléfono de contacto), y posterior a ello depositarla en los buzones identificados con la imagen de la actividad.
Solo se redimirá un volante por compra, sin embargo, el cliente podrá reclamar varios volantes siempre y cuando en cada registro cumpla con las condiciones estipuladas (monto de compra, productos patrocinadores, ser el titular de puntos Mercaldas y redimir 2.000 puntos).
Para el caso de los canales virtuales mercaldas.com, WhatsApp center, domicilios y App, tendremos la misma ejecución en los puntos de pago una vez se registre la compra por uno de ellos y se verifique las condiciones establecidas antes mencionadas, se procederá a contactar de manera telefónica a la persona afiliada al programa de Puntos Mercaldas por parte de un colaborador destinado para esta labor, el cual deberá informar de manera clara al cliente que puede canjear 2.000 puntos por un volante para participar en el sorteo de una de las cinco tarjeta bono Regalo de entidad bancaria por valor de $20.000.000 c/u, una vez el cliente acepte, el domicilio entregará en la casa del cliente el volante y hará firmar de manera personal el cupón de redención de puntos por el titular. El cliente titular inscrito en Puntos Mercaldas deberá diligenciar los datos personales en el volante (Nombre, cédula y teléfono de contacto) y posterior a ello, depositarlo en los buzones designados para canales digitales. En caso de que el titular de los Puntos Mercaldas no se encuentre en el momento de recibir el pedido, en la llamada previa donde autorizó la redención de sus puntos para el volante, deberá especificar el nombre completo de una persona encargada para recibir y firmar dicho cupón.
Continuando con lo anterior, el volante se entregará al titular de los Puntos Mercaldas, en caso de que sea otra persona la que esté realizando la compra, ésta debe presentar la autorización a través de una carta donde el titular autoriza al tercero para reclamar el volante de la actividad “El año de los propósitos, gánate uno de las cinco Tarjeta bonos Regalo de $20.000.000 cada uno” presentando además la fotocopia de la cédula del titular y del tercero autorizado para redimir los Puntos Mercaldas. El cliente o tercero autorizado que redima deberá firmar el cupón que se genera en el momento del registro en el punto de pago o enviado a su domicilio como garante de la redención realizada.
PREMIO
•5 tarjetas bono regalo de entidad bancaria de $20.000.000 c/u.
SORTEO
El sorteo se realizará de la siguiente manera:
1.El cliente deberá depositar el volante entregado en los puestos de pago una vez cumpla los requisitos establecidos, (monto de compra igual o superior a $100.000 que incluyen tres (3) productos de las marcas participantes, realizadas durante la vigencia de la actividad y 2.000 puntos redimidos).
2.Los puntos de venta deberán enviar los cupones al Departamento de Mercadeo el 16 de julio de 2024.
3.El sorteo se realizará el 18 de julio de 2024 a las 10:00am en las instalaciones del departamento de Mercadeo.
4.Los volantes recibidos de los puntos de venta se unirán para el sorteo y se elegirá al azar los 5 ganadores de $20.000.000 c/u.
5.Se verificará que los 5 volantes elegidos cumplan con los requisitos de participación para acreditarlos como ganadores.
6.El premio se entregará a la persona que esté registrada en el volante y que se encuentre inscrito en el programa de Puntos Mercaldas.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
1.El volante para participar de la actividad se entregará por compras de valor igual o superiores a $100.000 en cualquiera de los quince (14) puntos de venta de la ciudad de Manizales, Palestina, Neira o nuestros canales virtuales, que incluya tres (3) productos de las marcas patrocinadoras (identificados con el material POP de la actividad) en supermercado o (1) en Mercaldas Electrodomésticos, y redimiendo 2.000 Puntos Mercaldas activos y vigentes, la modalidad de entrega de los volantes, se hará en cada puesto de pago habilitado en cada uno de nuestros puntos de venta con la presencia del tarjetahabiente el cual deberá firmar el cupón de redención que acredite el canje de los puntos en nuestro sistema de Puntos Mercaldas; el sistema se encuentra parametrizado para que identifique monto de compra, afiliación al programa de puntos Mercaldas y si cuenta con 2.000 o más Puntos, le brindará la opción en caja para redimirlos por un volante para participar en la actividad “El año de los propósitos, gánate uno de los cinco bonos de $20.000.000 cada uno” solo se redimirá un volante por compra, sin embargo, el cliente podrá reclamar varias volantes, siempre y cuando en cada registro cumpla con las condiciones antes estipuladas.
2.El volante se entregará al titular de los Puntos Mercaldas, en caso de que sea otra persona la que esté comprando, ésta debe presentar la autorización a través de una carta donde el titular autoriza al tercero para reclamar el volante de la actividad, presentando además fotocopia de la cédula del titular y del tercero autorizado para redimir los Puntos Mercaldas. El cliente o tercero autorizado que redima deberá firmar el cupón que se genera en el momento del registro en el punto de pago como garante de la redención realizada.
3.Para el caso de los canales virtuales mercaldas.com, WhatsApp center, domicilios y App, tendremos la misma ejecución en los puntos de pago una vez se registre la compra por uno de ellos y se verifique las condiciones establecidas antes mencionadas, se procederá a contactar de manera telefónica a la persona afiliada al programa de Puntos Mercaldas por parte de un colaborador destinado para esta labor, el cual deberá informar de manera clara al cliente que puede canjear 2.000 puntos por un volante para participar en el sorteo de una de las cinco tarjeta bono Regalo de entidad bancaria por valor de $20.000.000 c/u, una vez el cliente acepte, el domicilio entregará en la casa del cliente el volante y hará firmar de manera personal el cupón de redención de puntos por el titular. El cliente titular inscrito en Puntos Mercaldas deberá diligenciar los datos personales en el volante (Nombre, cédula y teléfono de contacto) y posterior a ello, depositarlo en los buzones designados para canales digitales. En caso de que el titular de los Puntos Mercaldas no se encuentre en el momento de recibir el pedido, en la llamada previa donde autorizó la redención de sus puntos para el volante, deberá especificar el nombre completo de una persona encargada para recibir y firmar dicho cupón.
4.El cliente deberá diligenciar en el volante, los campos estipulados para los datos personales (nombre, cédula y teléfono de contacto) y posterior a ello depositarla en los buzones identificados con la imagen de la actividad.
5.El cliente podrá participar todas las veces que cumpla con los requisitos establecidos (monto de compra igual o superior a $100.000 que incluyen tres (3) productos de las marcas participantes, realizadas durante la vigencia de la actividad y 2.000 puntos redimidos).
6.Para el pago de las compras realizadas, aplica cualquier forma de pago, excepto: bonos y tarjetas Sodexo pass y big pass, redención de puntos en línea, confabonos y carteras.
7.Participan pedidos efectuados a través de nuestros canales digitales (WhatsApp, Tienda Virtual, APP y domicilios).
8.Los socios, miembros de la junta, líderes de departamentos, y empleados de la Compañía, no podrán participar de la actividad, los familiares de los empleados sí podrán participar.
9.El premio se entregará únicamente a la persona que esté registrada en el volante y que se encuentre inscrito en el programa de fidelización Puntos Mercaldas.
10.No podrán acumularse facturas para cumplir con el monto de compra mínimo.
11.Para la entrega del premio el cliente deberá presentar la cédula original y certificación bancaria del año 2024, en las instalaciones de Mercaldas del centro ubicada en la carrera 22 n 17 -11 segundo piso departamento de Mercadeo.
12.El premio no podrá cambiarse por otro artículo.
13.El premio será entregado a través de una tarjeta bono Regalo de entidad bancaria, no se entregará dinero en efectivo.
14.El cliente ganador deberá asumir el pago de la ganancia ocasional (20% sobre el valor del premio estipulado por la DIAN, en total $4.000.000).
15.El cliente recibirá después de cancelar la ganancia ocasional $16.000.000 en tarjeta bono Regalo de entidad bancaria, para ello deberá presentar una certificación bancaria del año 2024.
16.Dado el caso que el ganador no acepte el premio, éste deberá dejar mediante comunicación autenticada ante notaría un documento donde manifieste que desiste del mismo, por lo tanto Comercializadora Mercaldas quedará exento de realizar nuevamente el sorteo.
17.Participan solo personas naturales, no empresas.
18.Durante la vigencia del evento, se entregarán 10.000 volantes disponibles a nivel cadena o hasta agotar existencias (lo que suceda primero).
19.Mercaldas no se hace responsable por pérdida del volante entregado en el puesto de pago, ya que esta tendrá una numeración estipulada que no podrá repetirse.
20.En caso de que los 10.000 volantes impresos inicialmente se agoten antes de terminar la vigencia de la actividad, (julio 15 de 2024), la compañía podrá considerar, imprimir más volantes en cualquier fecha dentro de la vigencia de la misma.
21.El volante suministrado será válido solo para esta actividad.
22.Los premios son personales e intransferibles, no podrán cambiarse por dinero en efectivo u otro artículo y no se entregarán a familiares de titulares fallecidos, por ende, Mercaldas no realizará un nuevo sorteo liberándose de toda obligación.
23.Desde que se notifica al ganador, este tendrá (1) un año para reclamar su premio basado en el artículo 12 ley 1393 de 2021 (cobro de premios y destinación de premios no reclamados), si no lo hace dentro del tiempo establecido pierde su derecho.
24.En caso de no reclamo, fraude, desistimiento o inexistencia, COMERCIALIZADORA MERCALDAS S.A. no realizará nuevos sorteos, se libera de toda obligación.
25.Para reclamar el premio se deberá presentar cédula original y copia, y firmar acta de entrega de premios.
Descalificación
En cualquier momento, antes, durante o con posterioridad a la realización del sorteo, si se evidencia que el ganador incumplió cualquier parte de este reglamento, los organizadores podrán descalificar y abstenerse de entregar el premio.


REGLAMENTO TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO

BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario, quien en adelante se denominará EL BANCO pone a disposición de EL CLIENTE, quien solicita el presente servicio, la posibilidad de solicitar la emisión de TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO. Este servicio se regirá por las cláusulas que se contienen en el presente reglamento y en lo no previsto en ellas, por las normas sobre contratos comerciales vigentes en Colombia.

PRIMERA. EL BANCO podrá habilitar a EL CLIENTE el uso de TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO, que podrán ser utilizadas por EL CLIENTE y/o por las personas naturales o jurídicas designadas por éste, en adelante LOS USUARIOS, para la adquisición de bienes y servicios, en los establecimientos adscritos a los sistemas de Tarjeta patrocinados por EL BANCO o donde éste se encuentre afiliado y/o para obtener dinero en efectivo en los cajeros automáticos de EL BANCO o de sistemas de cajeros a los cuales esté afiliado y hasta la suma disponible como saldo de la Tarjeta BANCOLOMBIA PREPAGO.
PARÁGRAFO. Las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO para premio o de alimentación, no podrán ser utilizadas para obtener dinero en efectivo a través de cajeros automáticos y/o cualquier otro canal disponible habilitado por EL BANCO para el retiro de efectivo.
SEGUNDA. EL BANCO emitirá las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO a favor de EL CLIENTE o de EL USUARIO que EL CLIENTE indique a EL BANCO y realizará abonos a las mismas de acuerdo con la instrucción que para el efecto sea impartida por EL CLIENTE y de acuerdo con los límites establecidos por EL BANCO y/o por la Ley, mediante la afectación o débito de la cuenta corriente o cuenta de ahorros que EL CLIENTE tenga abierta y activa en EL BANCO y que se señala en el Formato de Inscripción “TARJETA PREPAGO”.
TERCERA. EL BANCO podrá emitir, de acuerdo con lo indicado por EL CLIENTE en el formato de afiliación TARJETA PREPAGO, las siguientes modalidades de tarjetas:
(1) TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO para premio o bono regalo: Esta tarjeta es, habilitada para recibir un (1) único abono de recursos y destinada exclusivamente a la adquisición de bienes y/o servicios convenidos entre EL CLIENTE y EL BANCO. Este tipo de tarjeta prepago no es recargable y el cupo disponible puede ser utilizado para compras Nacionales e Internacionales.
(2) TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO para nómina o Consumo: Habilitada para recibir múltiples abonos por parte de EL CLIENTE, en virtud de la relación laboral existente entre EL CLIENTE y EL USUARIO. Esta tarjeta podrá ser utilizada por LOS USUARIOS, para la adquisición de bienes y servicios, en los establecimientos adscritos a los sistemas de Tarjeta patrocinados por EL BANCO o donde éste se encuentre afiliado y para obtener dinero en efectivo en los cajeros automáticos de EL BANCO o de sistemas de cajeros automáticos a los cuales esté afiliado y/o cualquier otro canal disponible habilitado por EL BANCO para el retiro de efectivo.
(3) TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO de alimentación: Esta tarjeta se encuentra habilitada para recibir múltiples abonos por parte de EL CLIENTE, en virtud de la relación laboral existente entre EL CLIENTE y EL USUARIO. Dichos abonos se encuentran destinados única y exclusivamente para cubrir gastos de alimentación de EL USUARIO. La TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO de alimentación puede tener la finalidad de servir de “vale de alimentación” y en aquellos casos El CLIENTE se hace responsable del adecuado uso que de la misma realice EL USUARIO, de cumplir con las normas legales colombianas para el uso de “vales de alimentación”, en especial de las normas tributarias en lo que respecta a eventuales deducciones impositivas, montos máximos para estas deducciones, informes y demás. Así mismo, EL CLIENTE se hace responsable de informar a EL USUARIO de las obligaciones legales que adquiere por el uso de esta tarjeta con dichos fines. En ningún caso la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO de alimentación podrá ser utilizada para obtener dinero en efectivo a través de cajeros automáticos y/o cualquier otro canal disponible habilitado por EL BANCO para el retiro de efectivo. Esta tarjeta es diferente a la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO para nómina o consumo descrita en el numeral anterior. La TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO de alimentación siempre deberá ser expedida a nombre de una persona determinada. EL CLIENTE acepta expresamente que EL BANCO podrá limitar el uso de esta tarjeta en determinados canales o puntos de adquisición de bienes y servicios.
(4) TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO otros gastos: Habilitada para recibir múltiples abonos por parte de EL CLIENTE de recursos de naturaleza y/o con propósitos diferentes al descrito en los numerales anteriores. Esta tarjeta podrá ser utilizada por EL CLIENTE o LOS USUARIOS, de acuerdo con lo indicado por EL CLIENTE, para la adquisición de bienes y servicios, en los establecimientos adscritos a los sistemas de Tarjeta patrocinados por EL BANCO o donde éste se encuentre afiliado y/o para obtener dinero en efectivo en los cajeros automáticos de EL BANCO o de sistemas de cajeros a los cuales esté afiliado y/o cualquier otro canal disponible habilitado por EL BANCO para el retiro de efectivo.
CUARTA. Para el cumplimiento del servicio objeto del presente reglamento, EL CLIENTE elaborará y remitirá a EL BANCO una relación de los abonos a efectuar a las Tarjetas BANCOLOMBIA PREPAGO emitidas a nombre de EL CLIENTE o de LOS USUARIOS, la cual deberá estar contenida en un archivo dirigido a EL BANCO por medio magnético o transmisión vía electrónica, de acuerdo a las especificaciones técnicas exigidas por éste o por los canales y procedimientos habilitados para tal fin. La relación de abonos deberá contener la siguiente información: fecha en que debe efectuarse el abono, nombre de EL CLIENTE, número de la cuenta corriente o de ahorros a debitar y el detalle de los abonos indicando, si es del caso, el/los número(s) de la(s) TARJETA(S) BANCOLOMBIA PREPAGO a acreditar y el número de cédula de LOS USUARIOS beneficiarios de los abonos en caso de conocerlos tales como en la tarjeta prepago consumo/ nómina y sus derivados o de EL CLIENTE, según sea el caso, valor de cada uno de los abonos y/o pagos a realizar, valor total de la operación y cualquier otra información que al momento de la solicitud sea requerida por EL BANCO.
PARÁGRAFO PRIMERO: Para que el servicio objeto del presente reglamento pueda ser prestado, EL CLIENTE deberá suscribir además, en caso de ser requerido, el Formato de Inscripción “TARJETA PREPAGO” por cada modalidad de tarjeta que se vaya a solicitar a EL BANCO, de acuerdo con lo indicado en la cláusula segunda del presente reglamento.
PARÁGRAFO SEGUNDO: EL BANCO podrá modificar el contenido o las especificaciones técnicas del medio magnético o de la transmisión vía electrónica, mediante aviso a través de la página web o a través del medio o canal que se definiere de acuerdo con los términos que para el efecto estableciere el Banco o, en su defecto, que se encuentren definidos en la ley.
QUINTA. EL CLIENTE deberá tener disponibles los fondos suficientes para efectuar los pagos o abonos a que se refiere este reglamento desde el momento en que presente a EL BANCO la solicitud de pago o abono de los recursos. En el evento de que la cuenta corriente o de ahorros a debitar carezca de fondos, EL CLIENTE responderá frente a LOS USUARIOS y por tanto EL BANCO no asumirá ninguna responsabilidad de abonar el valor determinado por EL CLIENTE e informado a EL BANCO de acuerdo con los términos de la cláusula segunda del presente reglamento ni por los daños que puedan producirse a LOS USUARIOS por no realizar el abono solicitado por EL CLIENTE. Lo anterior, sin perjuicio de que EL BANCO decida otorgarle un sobregiro a EL CLIENTE, conforme los convenios vigentes al momento de otorgarlo.
SEXTA. En la ejecución del presente servicio EL BANCO se obliga a: 1. Elaborar y entregar, las Tarjetas BANCOLOMBIA PREPAGO. 2. Realizar los abonos a las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO, de acuerdo con las instrucciones impartidas por EL CLIENTE y según la disponibilidad de fondos de EL CLIENTE en la(s) cuenta(s) corriente(s) o de ahorros de las cuales se solicita el débito de los recursos. 3. Conservar los soportes o la información sobre la emisión de las tarjetas solicitadas por EL CLIENTE y entregarlas a EL CLIENTE cuando éste lo solicite.
SÉPTIMA. EL BANCO no asume responsabilidad alguna frente a EL CLIENTE ni frente a LOS USUARIOS, según sea el caso, en los siguientes eventos: 1. Cuando las tarjetas BANCOLOMBIA PREPAGO de LOS USUARIOS estén canceladas o exista otra causa no imputable a EL BANCO, que no permita hacer el respectivo abono. 2. Si las operaciones objeto del presente reglamento sufren demoras o llegan a ser interferidas por fallas en los sistemas de comunicación, en los equipos de computación o en el fluido eléctrico debido a un evento de fuerza mayor, caso fortuito o causa extraña. 3. Si las operaciones no se realizaren por fuerza mayor o caso fortuito, culpa de EL CLIENTE, hecho de un tercero, y, en general, por cualquier causa extraña. 4. Cuando EL CLIENTE envíe la información con errores, de tal forma que se realice el abono en TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO diferentes a las de LOS USUARIOS, por valores diferentes o no pueda realizarse. 5. En caso de que cualquier proveedor, establecimiento de comercio, cajero automático o cualquier canal habilitado por EL BANCO para el uso de las tarjetas se rehúse a realizar transacciones a través de la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO. 6. Por perjuicios que pueda sufrir EL CLIENTE o LOS USUARIOS por fraudes o utilización indebida de las tarjetas BANCOLOMBIA PREPAGO, salvo que se demuestre responsabilidad imputable a EL BANCO.
OCTAVA: EL BANCO, previa solicitud de EL CLIENTE, directamente o a través de un tercero, entregará a EL CLIENTE o a las personas designadas por EL CLIENTE los sobres que contienen las tarjetas, la clave, debidamente sellados. Si aplica, EL CLIENTE deberá firmar la tarjeta y se obliga y compromete a hacer firmar por LOS USUARIOS, el formulario de aceptación de Reglamento para usuario TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO tan pronto le sean entregados ya que es el que tiene el contacto directo con EL USUARIO. Igualmente deberá custodiar la tarjeta con el debido cuidado, haciéndose responsable de cualquier uso indebido que, a causa de su descuido, se hiciere de la misma. Una vez firmada el acta de recibo de las tarjetas, cesa cualquier responsabilidad para EL BANCO, respecto de pagos o retiros efectuados a través de la Tarjeta BANCOLOMBIA PREPAGO a menos que se demuestre que hubo responsabilidad por parte de EL BANCO.
NOVENA. En desarrollo del presente reglamento EL CLIENTE se obliga a: 1. Enviar la información de órdenes de abono en la forma, periodicidad y antelación indicados por EL BANCO. 2. Suministrar a EL BANCO toda la información y las aclaraciones requeridas en desarrollo del presente reglamento y efectuar las modificaciones a la información enviada cuando ésta presente inconsistencias, dentro del plazo que EL BANCO le indique. 3. Mantener los dineros necesarios para atender las órdenes de abonar los saldos correspondientes a las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO. 4. Pagar a EL BANCO la comisión pactada y cualquier otro gasto, comisión, gravamen, impuesto o cualquier otro que cause la ejecución del presente reglamento, los cuales serán previamente informados por EL BANCO. 5. Recibir en nombre de LOS USUARIOS los sobres que contienen las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO, las claves de las mismas y el formulario de aceptación de Reglamento para usuario TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO. 6. Custodiar con toda diligencia las Tarjetas BANCOLOMBIA PREPAGO y claves recibidas de BANCOLOMBIA S.A., hasta el momento en que sean entregadas a LOS USUARIOS, según sea el caso, asumiendo la responsabilidad por cualquier pérdida parcial o total, temporal o definitiva de las mismas, salvo que exista responsabilidad imputable a EL BANCO. Así mismo EL CLIENTE se hace responsable por el uso indebido de las tarjetas que pueda llegar a realizar cualquiera de los funcionarios a su cargo o un tercero a menos que se demuestre que hubo responsabilidad por parte de EL BANCO. 7. Hacer firmar a LOS USUARIOS el respectivo formulario de aceptación de Reglamento para usuario TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO por medio del cual acepta lo establecido en el Reglamento para usuario TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO, el cual han sido puesto a su disposición y declara conocer y aceptar y que permiten acreditar la entrega de las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO y la clave al respectivo USUARIO. EL CLIENTE se obliga a remitir dichos documentos a EL BANCO, cada vez que este lo requiera. Así mismo, se obliga a mantener informados a LOS USUARIOS de las condiciones, requisitos, restricciones y costos, entre otros, inherentes al producto. 8. Resarcir todo perjuicio que se llegare a causar a BANCOLOMBIA S.A. en el evento de reclamos judiciales o extrajudiciales de LOS USUARIOS por cualquier motivo derivado del incumplimiento de las obligaciones adquiridas por EL CLIENTE en el presente reglamento. 9. Para el caso de las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO para premio, encargarse autónomamente de organizar, administrar y ejecutar la promoción, el diseño y la logística de acuerdo con la mecánica presentada a COLJUEGOS o a la entidad designada para el efecto de acuerdo con la ley. Igualmente se hará exclusivamente responsable frente a LOS USUARIOS y frente a las autoridades competentes por la administración y ejecución de toda modalidad de juego de suerte y azar o del sistema de asignación de los premios.
DÉCIMA. EL CLIENTE reconocerá a EL BANCO como remuneración por el servicio prestado, las tarifas que tenga definidas EL BANCO y publicadas a través de los medios o canales definidos por el Banco o convenidas con EL CLIENTE, las cuales serán debitadas automáticamente por EL BANCO de la cuenta designada o en su defecto autoriza para que se debite de cualquier depósito en EL BANCO.
DÉCIMA PRIMERA. Las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO otros gastos y las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO para nómina tendrán asociadas una cuota de manejo que será determinada por EL BANCO, y la cual será descontada de acuerdo con lo establecido en el Formato de Inscripción TARJETA PREPAGO. Así mismo, EL BANCO en cualquier momento podrá ajustar el monto de dicha cuota, caso en el cual dará aviso, a EL CLIENTE y a LOS USUARIOS a través de la página web y/o en otro medio y/o canal de acuerdo con la ley. Las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO para premio no tendrán asociados costos por concepto de cuota de manejo mensual a la tarjeta, salvo por una primera y única cuota que será cobrada y cancelada por EL CLIENTE en el primer ciclo de facturación que tenga EL CLIENTE después de haber realizado la primera carga. Cualquier remuneración por el servicio prestado estará a cargo de EL CLIENTE, de acuerdo con lo establecido en la cláusula décima.
PARÁGRAFO PRIMERO. En caso tal que la cuota de manejo asociada a las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO otros gastos no pueda ser descontada del saldo de dicha tarjeta, EL CLIENTE autoriza a debitar dicho costo de la cuenta bancaria que fue indicada en el formato de inscripción.
PARÁGRAFO SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en la normatividad vigente, las utilizaciones efectuadas con la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO, en cualquiera de las modalidades definidas en la cláusula tercera, podrán estar sujetas al gravamen a los movimientos financieros; caso en el cual, este será debitado por el Banco de los recursos que se encuentren disponibles en la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO al momento de la correspondiente utilización.
DÉCIMA SEGUNDA. EL BANCO procederá conforme el archivo enviado por EL CLIENTE y le devolverá por cualquier medio que se habilitare para el efecto, el detalle de los abonos no efectuados por motivos tales como tarjetas canceladas, números errados, etc. y de las notas débitos y las notas créditos respectivas.
DÉCIMA TERCERA. A través de la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO, está permitido a EL CLIENTE y/o EL USUARIO realizar compras a establecimientos de comercio del exterior y por lo tanto en moneda extranjera, por ello, las utilizaciones en otras divisas se convertirán a dólares de los Estados Unidos de América y estos a moneda legal colombiana a la Tasa Promedio Ponderada de Venta, publicada por la Superintendencia Financiera de Colombia, al día siguiente de la utilización; salvo que la Franquicia hubiera efectuado la compensación en día diferente, caso en el cual aplicará la Tasa Promedio Ponderada de Venta de este último día. . Así mismo, dichas operaciones corresponden y se presumen como operaciones de cambio del mercado libre, para lo cual EL CLIENTE, mediante el presente reglamento, otorga a EL BANCO poder amplio, especial y suficiente, para diligenciar y firmar en su nombre la “Declaración de Cambio por Servicios, Transferencias y Otros Conceptos” (Formulario N. 5), o el que establezca el Banco de la República para este efecto. Se deja expresamente establecido que EL CLIENTE y/o EL USUARIO no podrá(n) utilizar la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO para llevar a cabo la compra o venta de divisas o cheques de viajero.
PARÁGRAFO. La TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO no deberá ser utilizada por EL CLIENTE y/o EL USUARIO para pagar importaciones de bienes, así ésta ingrese al país por tráfico postal y/o envío urgente u otra modalidad aduanera inherente a la importación de bienes, so pena de las sanciones legales que puedan recaer en cabeza de EL CLIENTE ante la inobservancia de lo aquí expuesto y no será responsabilidad de EL BANCO que EL CLIENTE y/o EL USUARIO omita(n) la prohibición mencionada o que realice(n) importaciones de bienes a través de la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO, siendo EL CLIENTE y/o EL USUARIO, según sea el caso, el único responsable frente al incumplimiento del régimen cambiario y las sanciones a que haya lugar.
DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA. La relación jurídica regulada por el presente reglamento tendrá duración indefinida, pero cualquiera de las partes podrá darlo por terminado en cualquier tiempo y sin que medie justa causa, avisando a la otra parte mediante escrito dirigido con no menos de un (1) mes de anticipación. No obstante, las obligaciones de pago de tarifas y comisiones continuarán a cargo de EL CLIENTE, respecto de Tarjetas BANCOLOMBIA PREPAGO vigentes.
DÉCIMA QUINTA. VIGENCIA TARJETAS BANCOLOMBIA. Las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO para premio o bono regalo emitidas por EL BANCO, estarán habilitadas para recibir un (1) único abono de recursos y tendrán una vigencia de un año (1) calendario contados a partir de la fecha de expedición de la misma. Para el efecto las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO para premio indicarán la fecha de vencimiento. Pasado el año aquí mencionados, EL BANCO procederá con la cancelación de la tarjeta, de lo cual EL CLIENTE notificará oportunamente a EL USUARIO y, en el evento de existir recursos disponibles en la misma, EL BANCO realizará la devolución de los recursos a EL CLIENTE en la Cuenta corriente o cuenta de ahorros que EL CLIENTE tenga abierta en EL BANCO y que se señala en el Formato de Inscripción “TARJETA PREPAGO” o en la cuenta que EL CLIENTE designe para el efecto. Las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO para nómina/ Consumo y las TARJETAS BANCOLOMBIA PREPAGO otros gastos, tendrán una vigencia de 5 años, contados a partir de la fecha de su expedición, siempre y cuando las mismas se encuentren activas; es decir, siempre que existan recursos en las tarjetas y se realice al menos una (1) utilización por parte de EL CLIENTE o LOS USUARIOS en un periodo de tres (3) meses consecutivos. En el evento de presentarse inactividad superior a un periodo de tres (3) meses consecutivos, la tarjeta podrá ser cancelada y los recursos serán puestos a disposición de EL CLIENTE o EL USUARIO, según sea el caso.
PARÁGRAFO. La cancelación a la que se refiere la presente cláusula, también procederá en cualquier momento, cuando en la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO para premio, haya recursos disponibles por un valor inferior a cuatro mil novecientos noventa y nueve pesos ($4.999 M/L). En este caso, EL BANCO procederá en los mismos términos indicados anteriormente.
DÉCIMA SEXTA: LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLES: Cualquier conflicto que surja entre las partes en desarrollo de la relación contractual surgida con ocasión a este reglamento o con posterioridad a su terminación, y que tenga su origen en el servicio aquí regulado, será resuelto conforme a las normas de la República de Colombia, ante la jurisdicción ordinaria colombiana.
DÉCIMA SÉPTIMA. Todos los gastos e impuestos que causen en ejecución o en relación de la relación jurídica originada de la firma del presente reglamento estarán a cargo de EL CLIENTE.
DÉCIMA OCTAVA: Las partes fijan como domicilio para el cumplimiento del presente reglamento el definido en el Formato de Inscripción “TARJETA PREPAGO”. Cualquier cambio de dirección por parte de EL CLIENTE deberá ser informado previamente por escrito a EL BANCO.
DÉCIMA NOVENA: Sin perjuicio de que las partes puedan hacer modificaciones de común acuerdo, EL BANCO podrá modificar las tarifas, así como también cancelar, limitar, adicionar o modificar los términos y condiciones de este reglamento, lo mismo que las condiciones y privilegios de uso de la TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO, mediante aviso previo dado en tal sentido, a través de la página web o en otro medio y/o canal. Anunciado el cambio, EL CLIENTE podrá pronunciarse para su aceptación o para la terminación de la relación jurídica surgida de la suscripción del presente reglamento, dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes; si EL CLIENTE no se presenta a cancelar el producto y continúa con la ejecución del mismo, se entenderá que acepta las modificaciones introducidas, de conformidad con el artículo 854 del Código de Comercio en cuanto a la aceptación tácita.
VIGESIMA: EL CLIENTE se obliga a informar a EL USUARIO los requisitos, obligaciones y condiciones establecidas en el presente reglamento que le sean aplicables y el REGLAMENTO PARA USUARIO TARJETA BANCOLOMBIA PREPAGO que se encuentra publicado en http://www.grupobancolombia.com/wps/portal/empresas/productosservicios/cash-management/pagos/tarjeta-prepago#tab4 .
VIGÉSIMA PRIMERA: EL BANCO podrá prestar el servicio objeto del presente reglamento directamente o parte de este a través de un tercero contratados por el Banco, estando autorizado para suministrar a dicho tercero la información necesaria para tal fin.
VIGÉSIMA SEGUNDA: EL CLIENTE se obliga con EL BANCO a implementar las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas como instrumentos para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades ilícitas o para dar apariencia de legalidad a estas actividades. En tal sentido, conoce y acepta que EL BANCO podrá dar por terminado de manera unilateral e inmediata la relación jurídica emanada de la suscripción del presente reglamento, sin que haya lugar al pago de indemnización alguna por parte de EL BANCO cuando, EL CLIENTE, LOS USUARIOS, sus asociados directos e indirectos con una participación mayor o igual al 5% en el capital social, o sus directivos, en cualquier tiempo hayan sido o llegaren a ser: (i) vinculado por parte de las autoridades competentes a cualquier tipo de investigación por delitos de narcotráfico, terrorismo, secuestro, lavado de activos, financiación del terrorismo, y administración de recursos relacionados con actividades terroristas u otros delitos relacionados con el lavado de activos y la financiación del terrorismo, (ii) incluido en listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, tales como la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior- OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los estados Unidos de Norte América, la lista de la Organización de Naciones Unidas y las otras listas publicadas con el tema de lavado de activos y financiación del terrorismo, o (iii) condenado por parte de las autoridades competentes en cualquier tipo de proceso judicial relacionado con la comisión de los anteriores delitos.
LEGALES
1.El hecho de que el cliente participe en la dinámica implica el conocimiento y aceptación de las condiciones y restricciones establecidas.
2.Para participar de la actividad comercial se deben cumplir con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
3.La participación en la actividad constituye el consentimiento por parte de los ganadores para que Mercaldas use el nombre del ganador, imagen, fotografía, voz y opiniones para fines promocionales en cualquier medio bien sea radio, prensa, televisión y Redes Sociales (Facebook e Instagram), sin pago o consideración adicional; para ello el cliente deberá firmar autorización en el acta entrega de premios.
4.No se aceptan reclamos después de efectuado el sorteo.
5.La responsabilidad de Comercializadora Mercaldas S.A. termina una vez se entregan los premios.
6.Comercializadora Mercaldas S.A. podrá anular y descalificar la participación total y permanente del concursante que infrinja las reglas del presente reglamento, en caso de que llegara a suceder lo siguiente:
*Participación realizada a través de cualquier mecanismo diferente a la descrita en este reglamento.
*Si se detecta que el participante utilizó medios fraudulentos o falsificaciones del volante, se descalificará de inmediato.

DATOS PERSONALES
1.La participación en la actividad comercial constituye la aceptación expresa del uso de datos personales y políticas de privacidad, esta aceptación permite a COMERCIALIZADORA MERCALDAS S.A contactar al cliente y así lograr el objetivo del mismo.
2.El periodo de conservación de los datos personales del participante será el necesario para alcanzar la finalidad para la cual se han recolectado.
3.El Participante podrá revocar su autorización en cualquier momento, consultar su información personal y ejercer sus derechos, a conocer, actualizar, rectificar, corregir, suprimir y revocar su autorización dirigiendo un escrito al siguiente correo electrónico protecciondedatos@mercaldas.com.co.
4.Comercializadora Mercaldas S.A reconoce su obligación de proteger los datos de cada uno de los clientes participantes de la presente actividad, conforme a la ley Estatutaria 1581 del 2012 y el Decreto reglamentario 1377 de 2013.
5.El hecho de que el cliente participe en la dinámica implica el conocimiento y aceptación de las condiciones y restricciones establecidas.
6.Si los participantes quieren obtener más información sobre la actividad, podrán comunicarse al correo electrónico contactenos@mercaldas.com.co o al WhatsApp 323 274 5555 de Atención y Servicio al Cliente
El presente reglamento podrá ser consultado por los participantes en la página web mercaldas.com.

Autoriza EDSA


Términos y condiciones"EQUIPA TU CASA"
Válido en los supermercados Mercaldas, mercaldas.com y App, de marzo 20 al 15 de mayo de 2024. La nevera Mabe ref RMA247FJCG 247L GR será entregada al primer cliente con mayor monto de compra a su nombre en productos de las marcas Mr Musculo, Pato, Glade, Family Guard, Pledge,Ziploc,Raid,Stay Off y Autan. Solo podrán participar personas naturales e inscritas en el programa de fidelización Puntos Mercaldas, y los cuales deberán tener actualizada y aprobada su información, la cual será tratada conforme a la ley 1581 de 2012.La verificación de los resultados se realizará el 21 de mayo de 2024, a través del programa de fidelización Puntos Mercaldas y se contactará al cliente el día 23 de mayo de 2024. Se realizarán 2 intentos de comunicación a los números de teléfono que figuran en la plataforma, si no se logra contactar al acreedor de la Nevera Mabe ref RMA247FJCG 247L GR, éste pierde todo derecho y se procederá a llamar a la siguiente persona en la lista que cumpla con las condiciones establecidas. La actividad no aplica para colaboradores Mercaldas. El premio no podrá cambiarse por dinero en efectivo equivalente al valor del premio u otro artículo.


Términos y condiciones “SUPER BARATOS EXCELENTE CALIDAD”
Válido para compras de productos de supermercado, en los puntos de venta físicos, App y mercaldas.com, de abril 18 al 25 de 2024 o hasta agotar existencias dentro de esta vigencia lo que suceda primero. No es acumulable con otras promociones o cupones vigentes. En caso de que el cliente solicite estos productos a través de mercaldas.com y App, el costo del domicilio tendrá un cargo adicional dependiendo del peso del pedido. El envío se realizará de acuerdo con la franja horaria seleccionada por el cliente. Los medios de pago autorizados para la compra de Súper baratos a través de mercaldas.com y App son: tarjetas débito, crédito y contra entrega (El medio de pago contra entrega solamente es válido para productos de supermercado, no aplica para
electrodomésticos, hogar, juguetería, ferretería, tecnología, moda, deportes y otros). Para el caso de los canales virtuales (App y mercaldas.com), los productos promocionados están sujetos al inventario de Mercaldas Versalles. Máximo 2 unidades de la misma referencia por cliente para la compra de Ron viejo de caldas Pague 900 Lleve 1000ml plu:122082. Máximo 3unidades de la misma referencia por cliente para la compra de Cerveza andina six pack x330 cm³ c/u y Cerveza Andina Light six pack x330 cm³ c/u, plu: 122248 y 116491. El exceso de alcohol es perjudicial para la salud. Ley 30 de 1986. Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad y
mujeres embarazadas. Ley 124 de 1994.


Términos y condiciones “SUPER BARATOS AGUARDIENTE AMARILLO Y CERVEZA POKER”
Válido para compras de Aguardiente Amarillo de Manzanares x750 ml, Cerveza Poker six pack x473 cm³ c/u o x330 cm³ c/u, en los puntos de venta físicos, App y mercaldas.com, de abril 10 a junio 30 de 2024 o hasta agotar existencias dentro de esta vigencia lo que suceda primero. No es acumulable con otras promociones o cupones vigentes. En caso de que el cliente solicite estos productos a través de mercaldas.com y App, el costo del domicilio tendrá un cargo adicional dependiendo del peso del pedido. El envío se realizará de acuerdo con la franja horaria seleccionada por el cliente. Los medios de pago autorizados para la compra de Súper baratos a través de mercaldas.com y App son: tarjetas débito, crédito y contra entrega (El medio de pago contra entrega solamente es válido para productos de supermercado, no aplica para electrodomésticos, hogar, juguetería, ferretería, tecnología, moda, deportes y otros). Para el caso de los canales virtuales (App y mercaldas.com), los productos promocionados están sujetos al inventario de Mercaldas Versalles. Máximo 3 unidades de la misma referencia por cliente para la compra de Aguardiente Amarillo de Manzanares x750 ml plu: 122290. Máximo 6 unidades de la misma referencia por cliente para la compra de Cerveza Poker six pack x473 cm³ c/u o Cerveza Poker six pack x330 cm³ c/u plu: 4087, 12579. El exceso de alcohol es perjudicial para la salud. Ley 30 de 1986. Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad y mujeres embarazadas. Ley 124 de 1994.


Vigencia: abril 1 al 30 de 2024

COMPRA TRULULU Y PARTICIPA
POR 1 DE LAS 2 FREIDORAS DE AIRE

Es muy fácil, solo debes:
1.Estar afiliado a Puntos Mercaldas.
2.Realizar compras en productos de las marcas: Trululu, Supercoco, Barrilete, Ricato, Big Ben, Chao, Bianchi,Origami, Revolcon, Oka Loka y Lokiño
3.Ser 1 de los 2 clientes con mayor monto de compra a su nombre en Mercaldas Versalles y Centro.

COMPRA Y PARTICIPA CON TRULULU
Abril 1 al 30 de 2024

Comercializadora Súper S.A.S. (en lo sucesivo “Comercializadora Súper”), pone a disposición del público los siguientes Términos y Condiciones bajo los cuales se desarrollará y realizará la actividad “Compra y participa con Nuestras Marcas” (en adelante “La actividad”). La persona que desee participar (en adelante “el participante”) reconoce y acepta que el desarrollo y realización de esta actividad promocional se sujetará única y exclusivamente a los mismos.

Aceptación de los Términos y Condiciones
Los presentes términos y condiciones rigen La Actividad y la participación del público consumidor en la misma. Asimismo, implica el conocimiento y aceptación de los presentes Términos y Condiciones.
Al participar en La Actividad, el participante acepta quedar obligado por estos Términos y Condiciones y por las reglas y decisiones del organizador, las cuales tendrán carácter definitivo y vinculante respecto de todos los asuntos relacionados con La Actividad.
Se hace del conocimiento de todos los interesados que durante la vigencia de La Actividad y para cualquier asunto relacionado con la misma, inclusive después de terminada su vigencia, el presente documento es el único medio oficial de información, por lo que no será válida ninguna reclamación basada en documento o comunicación alguna que no sea el presente.
2.Mecánica de La Actividad
Para participar en esta Actividad organizada por Comercializadora Súper, el participante deberá:

a.Ser persona natural y estar afiliado a Puntos Mercaldas.
b.Comprar cualquiera de las marcas participantes en cualquier presentación (Trululu, Supercoco, Barrilete, Ricato, Big Ben, Chao, Bianchi, Lokiño).
c.Ser 1 de los 2 primeros clientes con mayor monto de compra a su nombre en productos de las marcas antes mencionadas.
d.La actividad es válida solo para Mercaldas Centro y Versalles, donde se obtendrán 2clientes favorecidos, uno por cada punto de venta.
e.La verificación de los resultados se realizará a través del programa de fidelización de Puntos Mercaldas, en presencia del Ejecutivo de Cuenta a cargo de Comercializadora Súper. Los clientes deberán tener actualizada y aprobada su información, la cual será tratada conforme a la ley 1581 de 2012.
f.Comercializadora Mercaldas, contactara a los clientes y se realizará 2 intentos de comunicación a los números de teléfono que figuran en la plataforma Puntos Mercaldas, si no se logra contactar al acreedor de 1 de las 2 freidoras de aire, este pierde todo derecho y se procederá a llamar a la siguiente persona en la lista que cumpla con las condiciones establecidas (estar afiliado a Puntos Mercaldas, comprar las marcas participantes y tener las compras más altas en pesos), sin embargo, si con el segundo participante tampoco se logra establecer contacto, se escogerá al tercero y así sucesivamente hasta que se logre la comunicación.
g.La entrega de las freidoras de aire se realiza en presencia del ejecutivo comercial de Comercializadora Súper y se diligenciará el acta de entrega del premio en los puntos de venta participantes.

3.Premios

Comercializadora Súper a través del punto de venta participante de la actividad promocional entregará el premio correspondiente.
En total serán 2 freidoras de aire para Mercaldas Versalles y Centro.
Características Freidora de aire Recco:
● Referencia: RFA-LEGGERO 15
● Capacidad 1.5 litros
● Canasta antiadherente
● Termostato ajustable hasta 200°c
● Temporizador hasta 30 minutos

4.Condiciones de la Promoción

a.No existe limitación de promociones por persona.
b.No es acumulable con otras promociones. El beneficio es personal e intransferible, y no es canjeable por efectivo u otros bienes y/o servicios.
c.No podrán participar en el programa los menores de edad, entiéndase menores de 18 años.
d.En caso de que en el mismo punto de venta dos (2) participantes tengan el mismo valor en pesos de las marcas participantes y estos sean los más altos; es decir un empate, se procederá a seleccionar como cliente favorecido a la persona que primero haya realizado la compra, y este se validará en el sistema con la fecha de la factura.
e.Para participar en la Actividad, las personas deberán residir en Colombia, ser mayores de edad que cumplan con los requisitos previstos en este documento, que lean, comprendan y acepten los términos y condiciones aquí contenidos. Queda entendido que la participación en la promoción implica la aceptación de estos términos y condiciones.
f.Están expresamente excluidos de participar en esta actividad:
●Los empleados y trabajadores en misión de las agencias encargadas de la ejecución de la actividad promocional, sus cónyuges y familiares hasta el tercer grado de consanguinidad, tercero de afinidad y único civil.
●Menores de edad.
●La actividad no aplica para colaboradores Mercaldas.

5.Vigencia de la Promoción

La actividad tendrá vigencia desde el día 1 hasta el 30 de abril de dos mil veinticuatro (2024) (El “Periodo de La Actividad”).

6.Modificación de los Términos y Condiciones

En la extensión de lo permitido por la legislación colombiana y en caso de resultar necesario, y/o a discreción de Comercializadora Súper éstos se reservan el derecho de ampliar y/o aclarar el alcance de los presentes Términos y Condiciones, y/o cualquiera de los procedimientos, los cuales serán comunicados a través del portal web.
7.Ley aplicable
El Contrato se regirá por las leyes de la República de Colombia, y toda controversia que surja con relación a la promoción será resuelta ante la Justicia Ordinaria.

8.Privacidad y Protección de Datos Personales

La participación en la presente campaña implica la aceptación y por lo tanto la autorización para que COMERCIALIZADORA COLOMBIANA SUPER S.A.S. trate los datos suministrados con ocasión de la actividad, es decir, realizar operaciones sobre los mismos como recolección, almacenamiento, uso, circulación, transferencia o transmisión; y para que permita su tratamiento a quienes sean sus representantes o con quienes celebre contratos de transferencia o transmisión de datos, tales como concesionarios o distribuidores autorizados, y encargados ubicados dentro y fuera del territorio nacional.
De acuerdo con la Ley Estatutaria 1581 de 2012 de Protección de Datos y normas concordantes, el titular, mediante el suministro y registro voluntario de sus datos personales en los canales habilitados, autoriza a la COMERCIALIZADORA COLOMBIANA SUPER S.A.S para que los datos sean incorporados en una base de datos de responsabilidad de la COMERCIALIZADORA COLOMBIANA SUPER S.A.S., siendo tratados con la finalidad de la actividad para lo cual también se podrá adelantar gestión administrativa, gestión marketing, informes relacionados con la Campaña, y envío de comunicaciones comerciales.
Así las cosas, autoriza el tratamiento de sus datos sensibles, en especial, los relativos a la salud y los biométricos y entiendo que las preguntas que me hagan sobre estos datos o los de niños(as) y adolescentes, tienen carácter facultativo. Como titular de la información, conozco que me asisten los derechos previstos en la Ley, en especial, conocer, actualizar, rectificar y solicitar la supresión de mis datos. Manifiesto que los datos que he suministrado a la COMERCIALIZADORA COLOMBIANA SUPER S.A.S son ciertos, que la información que he entregado es veraz y verificable y autorizo su verificación ante cualquier persona natural o jurídica, pública o privada. Esta autorización aplica siempre que subsistan los fines para los cuales serán tratados mis datos y por un término máximo de 3 años. El responsable del tratamiento de los datos es COMERCIALIZADOR COLOMBIANA SUPER S.A.S ubicada en el km 10 vía al Magdalena, Manizales - Caldas Se informa que puede consultar las políticas de tratamiento de datos personales https://www.super.com.co/ Las consultas, reclamos, o solicitudes que desee realizar el Participante sobre su información o sobre sus Datos Personales; podrá hacerlas a través del siguiente correo electrónico: carolina.giraldo@super.com.co

9.Piezas de Publicidad -Fotografías y Videos

Los participantes AUTORIZAN a Comercializadora super S.A.S. y/o terceros definidos por ella, para que realice tomas fotográficas y/o de video de mi imagen y los utilice de manera libre e ilimitada en cualquier medio, incluyendo: 1. sitios web de internet y redes sociales, incluyendo, pero no limitado a Facebook, Twitter, YouTube, Instagram; 2. cualquier tipo de publicidad y material gráfico, incluyendo, pero no limitado a memorias, folletos y pendones; 3. cualquier fotografía, video, película, dibujo, representación para difundir de forma televisiva, cinematográfica, radial, gráfico, Internet. Los Participantes reconocen y aceptan que no tienen derecho de revisar o aprobar el uso exhibición, distribución, publicación, emisión, digitalización, exposición, reproducción, modificación las fotos y videos timados, o de las piezas que de ellas se deriven. Autorización y cesión que conceden cada uno de los participantes sin que esto genere derecho a compensación de ninguna especie a mi favor y por tiempo indefinido. Incluyendo, sin limitación alguna, demandas por difamación, calumnia, invasión de privacidad, invasión de derecho de publicidad, y/o infracción de derechos de propiedad intelectual, derechos de propiedad industrial, o de derechos de autor que surjan de ningún uso, alteración, distorsión, efecto de ilusión, caracterización, reproducción imperfecta o uso en cualquier forma, de las fotografías y/o videos tomados, o de las piezas que se deriven de los mismos. Así mismo, autorizo a Comercializadora Súper S.A.S para que pueda transformar, modificar, adaptar, divulgar y en general usar como considere conveniente las obras donde aparezca mi imagen y/o mi testimonio. En virtud de lo anterior, renuncio a ejercer cualquier tipo de reclamación por este concepto.

10.Divulgación
Los presentes Términos y Condiciones se encuentran disponibles para su consulta durante toda la vigencia de la actividad, en www.mercaldas.com


“MINUTO MILLONARIO MERCALDAS Y COLGATE PALMOLIVE”
Abril 15 a mayo 15 de 2024
MECÁNICA DE LA ACTIVIDAD
Comercializadora Mercaldas S.A y Colgate Palmolive Compañía sorteará $2.500.000 representados en 5 minutos millonarios cada uno por valor de $500.000, donde los clientes por compras iguales o superiores a $35.000 en las las marcas patrocinadoras Colgate, Colgate Plax, Protex, Palmolive, Lady Speed Stick, Speed Stick, Suavitel, Axion y Fabuloso,en cualquiera de los puntos de venta Mercaldas, y que se encuentren inscritos en el programa de fidelización Puntos Mercaldas, recibirán un cupón y volante para participar en el sorteo. El cliente deberá depositar el cupón y el volante diligenciado con los datos personales del titular inscrito en Puntos Mercaldas (Nombre, cédula y teléfono de contacto) y posterior a ello depositarlos en los buzones identificados con la imagen de la actividad.
El sistema se encuentra parametrizado para que identifique monto de compra, marcas patrocinadoras y afiliación al programa de Puntos Mercaldas.
Se sortearán 5 minutos millonarios por valor de $500.000 c/u, entre los clientes que participen de la actividad, los cuales consisten en que los clientes ganadores puedan recorrer los pasillos del supermercado Mercaldas, y durante un minuto poder elegir productos hasta por valor de $350.000, (excepto medicamentos, carnes, cigarrillos, electrodomésticos y electromenores), dentro del carrito de compra se tendrá una base por valor de $150.000 en productos de las marcas participantes elegida por el proveedor Colgate Palmolive, y así hasta completar el monto de $500.000 con IVA incluido.
PREMIO
Cinco (5) minutos millonarios por valor hasta de $500.000 cada uno.
SORTEO
El sorteo de los cinco (5) minutos millonarios Comercializadora Mercaldas S.A y Colgate Palmolive Compañía, se realizará de la siguiente manera:
El cliente deberá depositar el cupón y el volante recibido en los puestos de pago una vez cumpla los requisitos establecidos, (monto de compra igual o superior a $35.000 en los productos de las marcas participantes, realizadas durante la vigencia de la actividad y estar inscrito en puntos Mercaldas).
Los puntos de venta deberán enviar los cupones al Departamento de Mercadeo el 17 de mayo de 2024 para realizar el sorteo el 20 de mayo de 2024 a las 10:00 a.m. en las instalaciones de Mercaldas Centro.
TÉRMINOS Y CONDICIONES

1.Los premios se entregarán únicamente al tarjetahabiente ganador por medio de productos del supermercado, están excluidos medicamentos, carnes, cigarrillos, electrodomésticos y electromenores.
2.Los clientes ganadores podrán recorrer los pasillos del supermercado Mercaldas donde aplica la actividad, y durante un minuto poder elegir productos hasta por valor de $350.000, (excepto medicamentos, carnes, cigarrillos, electrodomésticos y electromenores), dentro del carrito de compra se tendrá una base por valor de $150.000 en productos de las marcas participantes elegida por el proveedor Colgate Palmolive, para de esta manera completar el monto de $500.000 con IVA incluido.
3.La ejecución de los minutos millonarios se dará solo en los puntos de venta: Palmas, Centro, Enea, Versalles y La Calleja.
4.El cliente podrá participar todas las veces que cumpla con los requisitos establecidos, monto de compra, productos patrocinadores y depositar el cupón y volante debidamente diligenciado con sus datos personales.
5.Para el pago de las compras realizadas, aplica cualquier forma de pago, excepto: bonos y tarjetas Sodexo pass y big pass, redención de puntos en línea, confabonos y carteras.
6.Se registrará primero la base de productos Colgate por valor de $150.000 y posterior a ello los artículos que el cliente depositó en el carrito durante el minuto, con el fin de completar el monto total de $500.000.
7.Durante la vigencia del evento, se entregarán 2.500 volantes disponibles a nivel cadena o hasta agotar existencias (lo que suceda primero).
8.Comercializadora Mercaldas S.A y Colgate Palmolive no se hacen responsables por pérdida del volante y cupón entregado en el puesto de pago, ya que esta tendrá una numeración estipulada que no podrá repetirse.
9.En caso de que los 2.500 volantes impresos inicialmente se agoten antes de terminar la vigencia de la actividad, (mayo 15 de 2024), la compañía podrá considerar, imprimir más volantes en cualquier fecha dentro de la vigencia de la misma.
10.El volante suministrado será válido solo para esta actividad.
11.Los premios son personales e intransferibles, no podrán cambiarse por dinero en efectivo u otro artículo y no se entregarán a familiares de titulares fallecidos, por ende, Comercializadora Mercaldas S.A y Colgate Palmolive no realizará un nuevo sorteo liberándose de toda obligación.
12.Desde que se notifica al ganador, este tendrá (1) un año para reclamar su premio basado en el artículo 12 ley 1393 de 2021 (cobro de premios y destinación de premios no reclamados), si no lo hace dentro del tiempo establecido pierde su derecho.
13.Dado el caso que el ganador no acepte el premio, éste deberá dejar mediante comunicación autenticada ante notaría un documento donde manifieste que desiste del mismo, por lo tanto, Comercializadora Mercaldas S.A y Colgate Palmolive quedarán exentos de realizar nuevamente el sorteo.
14.En caso de no reclamo, fraude, desistimiento o inexistencia, COMERCIALIZADORA COMERCIALIZADORA MERCALDAS S.A y COLGATE PALMOLIVE COMPAÑIA no realizará nuevos sorteos, se libera de toda obligación.
15.Para la entrega del premio el cliente deberá presentar la cédula original y fotocopia, en las instalaciones de Mercaldas del centro ubicada en la carrera 22 n 17 -11 segundo piso oficina de Mercadeo y posteriormente firmar acta de entrega de premios.
16.En caso de que el ganador del Minuto Millonario tenga movilidad restringida, deberá presentar soporte médico de su estado de salud y una autorización por escrito, en la cual designe a una persona responsable para desarrollar la actividad.
17.El valor de los productos averiados que se ocasionen durante la ejecución del Minuto Millonario se incluirá en el monto total del premio ($500.000).
18.El tiempo que el cliente tiene disponible para recorrer el supermercado es un (1) minuto cronometrado y no podrá recibir ayuda de un tercero.
19.A cada ganador se le informarán las reglas de la actividad y este deberá firmar una constancia que comprendió la información, aceptar términos y condiciones de la actividad, y posterior a ello, se procederá a iniciar la Actividad del Minuto Millonario.
20.El cliente como máximo durante la ejecución del Minuto Millonario, podrá tomar dos (2) unidades de una misma referencia para depositar en el carrito.
21.El ganador estará acompañado de un locutor, que hará el registro de la actividad y el equipo de Mercadeo de Colgate Palmolive, que le dará ánimo para generar mayor emoción en la actividad.
22.Luego de haberse terminado el minuto millonario, el ganador procederá a pasar al puesto de pago con el fin de realizar el registro de los productos, si dentro de los productos hay tres (3) o más unidades de la misma referencia se retirarán y no harán parte de los productos obtenidos, el mismo procedimiento se ejecutará en caso de que dentro del carrito se encuentren medicamentos, carnes, cigarrillos, electrodomésticos y electromenores.
23.Los socios, miembros de la junta, líderes de departamentos, y empleados de la Compañía, no podrán participar de la actividad, los familiares de los empleados sí podrán participar.
24.No podrán acumularse facturas para cumplir con el monto de compra mínimo.
25.En la Actividad de Minuto Millonario sólo podrán participar personas naturales.
26.El cliente podrá participar todas las veces que cumpla con los requisitos establecidos, monto de compra, productos patrocinadores y depositar el cupón y volante debidamente diligenciado con sus datos personales.
27.Descalificación: En cualquier momento, antes, durante o con posterioridad a la realización del sorteo, si se evidencia que el ganador incumplió cualquier parte de este reglamento, los organizadores podrán descalificar y abstenerse de entregar el premio u obsequio.
LEGALES
1.El hecho de que el cliente participe en la dinámica implica el conocimiento y aceptación de las condiciones y restricciones establecidas.
2.Para participar de la actividad comercial se deben cumplir con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
3.La participación en la actividad constituye el consentimiento por parte de los ganadores para que Comercializadora Mercaldas S.A y Colgate Palmolive usen el nombre del ganador, imagen, fotografía, voz y opiniones para fines promocionales en cualquier medio bien sea radio, prensa, televisión y Redes Sociales (Facebook e Instagram), sin pago o consideración adicional; para ello el cliente deberá firmar autorización en el acta entrega de premios.
4.No se aceptan reclamos después de efectuados los sorteos.
5.La responsabilidad de Comercializadora Mercaldas S.A S.A. y Colgate Palmolive termina una vez se entregan los premios.
6.Comercializadora Mercaldas S.A y Colgate Palmolive podrá anular y descalificar la participación total y permanente del concursante que infrinja las reglas del presente reglamento, en caso de que llegara a suceder lo siguiente:

● Participación realizada a través de cualquier mecanismo diferente a la descrita en este reglamento.

● Empleo de mecanismos robóticos, mecanizados, mediante sistemas especiales de software, y cualquier otro dispositivo similar que induzcan al fraude.
● Si se detecta que el participante utilizó medios fraudulentos o falsificaciones del cupón o volante, se descalificará de inmediato.

DATOS PERSONALES
1.La participación en la actividad comercial constituye la aceptación expresa del uso de datos personales y políticas de privacidad, esta aceptación permite a COMERCIALIZADORA MERCALDAS S.A contactar al cliente y así lograr el objetivo de este.
2.El periodo de conservación de los datos personales del participante será el necesario para alcanzar la finalidad para la cual se han recolectado.
3.El Participante podrá revocar su autorización en cualquier momento, consultar su información personal y ejercer sus derechos, a conocer, actualizar, rectificar, corregir, suprimir y revocar su autorización dirigiendo un escrito al siguiente correo electrónico protecciondedatos@mercaldas.com.co.
4.Comercializadora Mercaldas S.A reconoce su obligación de proteger los datos de cada uno de los clientes participantes de la presente actividad, conforme a la ley Estatutaria 1581 del 2012 y el Decreto reglamentario 1377 de 2013.
5.El hecho de que el cliente participe en la dinámica implica el conocimiento y aceptación de las condiciones y restricciones establecidas.
Si los participantes quieren obtener más información sobre la actividad, podrán comunicarse al correo electrónico contactenos@mercaldas.com.co o al whatsApp 323 274 5555 de Atención y Servicio al Cliente.
El presente reglamento podrá ser consultado por los participantes en la página web mercaldas.com.

*Autoriza EDSA

Adriana Estrada Montoya
Líder Publicidad Mercadeo



Vo.Bo Jorge Hernán Toro Mejía
Representante Legal